sábado, 3 de enero de 2015

ASAMBLEA REGIONAL DE MAESTROS EN EL CALLAO: MARTES, 06 DE ENERO

DEPARTAMENTO LEGAL DE MAESTROS EN EL CALLAO

ASAMBLEA REGIONAL
MARTES 06 DE ENERO 2015
 
En estos últimos meses hay una ofensiva para implementar la Ley de Reforma Magisterial mediante las resoluciones 2074, 2076 y 2078 y otros. De algún modo debemos responder a estos ataques, por lo anterior, EL DEPARTAMENTO LEGAL hace la defensa tratando  de ser oportunos. Este trabajo servirá para unir a los maestros y lograr EL FRENTE ÚNICO en el Callao y en todos los rincones del país para dar respuesta única y sólida para plantear finalmente la nulidad de esta ley nefasta.

Habiéndose llevado la Asamblea convocada para el 19 y 26 de de diciembre en la I.E. Politécnico del Callao, nuevamente se acordó continuar las coordinaciones de lucha sobre las acciones legales y directas contra la implementación de la Ley de Reforma Magisterial.

Por esta razón convocamos a todos, a la Reunión de Demandantes y no Demandantes:

DÍA          :  MARTES, 06 de ENERO del 2015
HORA      :  6.00  P.M. ( SEIS  DE LA  TARDE  )  HORA  EXACTA 
LUGAR   :  I.E. “POLITÉCNICO DEL CALLAO”   (AV. ELMER FAUCETT )
 
 EL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL Y EL STATU QUO CONTRA LEYES ENJUICIADAS
 

Desde los meses finales del año pasado, se está dando a conocer que los Presidentes Regionales de Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco e Ica han declarado en STATU QUO "estate quieto" o alto, no apliques la Ley Servir pues está enjuiciada. Esto mismo está realizando el personal directivo en las regiones de Madre de Dios mediante RER-820-2014 , Junín RER-700-2014, contra el DS N° 003-2014-MINEDU y normas conexas referidas a la evaluación excepcional de directivos bajo la enjuiciada e inhumana Ley de Reforma Magisterial. Es decir, en estas regiones no se aplica dicha evaluación, demostrando una vez más que la lucha contra la enjuiciada e inhumana ley de reforma magisterial sigue firme, digan lo que digan, hagan lo que hagan y a pesar de los que fungen de dirigentes con su ilegítimo “legal” ROSS y su línea de “unidad”, es decir los ligados al CEN SUTEP=Patria roja, serviles defensores de la implementación de la ley de reforma magisterial en contra del magisterio nacional.

Y esto es y debe ser así porque los mismos Presidentes Regionales al declarar el STATU QUO lo hacen en función al reconocimiento del principio y derecho constitucional de independencia de la función jurisdiccional establecido en el Art. 139°, inciso 2 de la Constitución Política en concordancia con el Art. 4° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.


STATU QUO DE LA APLICACIÓN DE LA LEY Nº 29944 - LEY  DE REFORMA MAGISTERIAL Y CONEXOS


Por eso, a nivel nacional los sindicatos reconocidos bajo la línea clasista y los maestros de base como en el CALLAO están exigiendo a sus Presidentes Regionales que declare STATU QUO la aplicación de la enjuiciada e inhumana Ley de Reforma Magisterial ya que sigue en trámite procesos de amparo y acciones de inconstitucionalidad, es decir en base al Art. 139° inc. 2 de la Constitución relacionado con la independencia de la función jurisdiccional, se sostiene que ninguna Autoridad ni organismo puede avocarse a causas pendientes ni interferir en el Ejercicio de sus funciones, tampoco puede cortar procedimientos en trámite hasta que exista sentencia consentida y firme en ultima instancia en la vía nacional y supranacional; 

Es decir, compulsivamente no se me puede aplicar la   Ley   Nº 29944 y 29988 y su Reglamento, en tanto se  encuentre   pendiente  de  trámite,  de por medio un proceso de inaplicabilidad. Asimismo, existe actualmente en giro Procesos de Inconstitucionalidad con el Expediente Nº 0020-2012-PI/TC, Expediente Nº 0010-2013-PI/TC y Expediente Nº 0017-2013-PI/TC respectivamente, con trámites en la vía nacional y supranacional presentados por el CONARE SUTEP y un CONGRESISTA.

Es más, el artículo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que

 “Ninguna autoridad, cualquiera sea su rango o denominación, fuera de la organización jerárquica del Poder Judicial, puede avocarse al conocimiento de causas pendientes ante el órgano jurisdiccional (...) ni puede cortar procedimientos en trámites, bajo responsabilidad política, administrativa, civil y penal...” 

Por ello, el aplicarnos la ley y su reglamento de reforma magisterial y otras normas conexas implica atentar contra este principio constitucional, lo que faculta al docente afectado con 65 años, al interino, al auxiliar y en general al docente con acciones de amparo y otros juicios, a realizar la denuncia penal y otras acciones legales contra esta autoridad, sea directivo de las II.EE, autoridades y funcionarios de la UGELes, DREs o MINEDU y otros. Y si en la denuncia penal la fiscalía no defiende la legalidad, también en menester denunciar al fiscal.  

Por ello, invocamos a los docentes a hacer su respectiva Acción de Amparo contra la inaplicabilidad de la enjuiciada e inhumana ley de reforma magisterial y solicitar a la presidencia regional el respectivo  STATU QUO, lo demás es pura farsa.

Ligado a lo anterior, también los directivos con acciones de amparo en Jaén, Chincha y Cora Cora están consiguiendo medida cautelares protegiendo su cargo ante las convocatorias de concursos de  directivos. Asimismo, en Lambayeque está luchando por conseguir el statu quo contra resoluciones ministeriales porque todavía tienen pendiente una acción popular. Aunque lo correcto es luchar contra la implementación de la ley de reforma magisterial, es decir luchar por el respeto al nombramiento del directivo bajo el régimen laboral estable de la Ley del Profesorado y no basándose en la evaluación de desempeño cada tres años bajo la ley de reforma magisterial para “proteger” su plaza directiva. ES DECIR, SE DEFIENDE BAJO SU RÉGIMEN LABORAL ESTABLE DE LA LEY DEL PROFESORADO, lo demás es pura farsa .   
Solo con luchas directas y legales lograremos derrotar la enjuiciada e inhumana Ley de Reforma Magisterial y las APP atentatoria contra el derecho a la educación pública del pueblo, como se derrotó a la CPM y Municipalización, lo demás es puro  engaño, falsificación.
 
SOBRE EL PAGO DEL 30% Y ACCIONES DE LUCHA LEGAL Y DIRECTA
 
Como es de conocimiento público, ya son miles los docentes del Callao que han reclamado su derecho irrenunciable al 30% bajo el régimen laboral estable de la Ley del Profesorado y cientos de casos ganados judicialmente, pero hasta la fecha el gobierno regional desacata las órdenes judiciales al no PAGAR DICHA DEUDA  (Devengados e intereses que cada día aumentan).
 
Recordemos que producto de los plantones en la DREC y REGIÓN, las autoridades tuvieron que cumplir con la orden judicial de emitir nueva RD del 30% y se comprometían a pagar lo más pronto posible. Pero, resulta que en la DREC han emitido RD con devengados sin intereses y en la UGEL Ventanilla han emitido RD con devengados con pocos intereses, entre otras razones y a la fecha NO PAGAN, es decir, NO HAN CUMPLIDO CABALMENTE CON LAS ÓRDENES JUDICIALES.
 
Por ello, es que muchos docentes indignados siguen el proceso judicial, solicitando al juez PERITAJE JUDICIAL y APERCIBIMIENTO DE MULTA y otras acciones por INCUMPLIMIENTO.
 
Por ello, docente si usted no está de acuerdo con la RD de la DREC o UGELes (Ventanilla y Leoncio Prado), tiene todo el DERECHO de continuar el proceso hasta el REAL PAGO y eso no afecta el pago de la RD calculada por la DREC o UGELes (Ventanilla y Leoncio Prado).
 
Ante lo anterior, el actual Director de la DREC ha tenido diversas reuniones con la COORDINADORA REGIONAL DE DEFENSA DEL 30% para dar prioridad en el pago e incluso en enero 2015 se continuará el diálogo ya que se comprometió con pagar dicha deuda lo antes posible, esperando que sea total ya que la misma ley de presupuesto nacional no lo prohíbe y por ello en distintas regiones han cancelado en un solo pago, todo lo demás es pura farsa.
 
SOBRE LA CHANTAJISTA «OBLIGATORIEDAD» DEL PELA, igualito que  PERUEDUCA y los compromisos
 
Aunado al hostigamiento por parte de los directivos de las II.EE. y del personal de las UGELes (Ventanilla y Leoncio Prado) y la DREC contra los docentes para que se inscriban o se actualicen en el llamado Sistema Digital para el Aprendizaje PerúEduca, está también el otro hostigamiento para pertenecer al PELA. Pero como ya demostró  TAMPOCO ES OBLIGATORIO porque no hay base legal ni pago alguno adicional a mi jornada laboral de 24 horas pedagógicas, más aun si he interpuesto una acción de amparo y existe proceso de inconstitucionalidad contra la enjuiciada ley de reforma magisterial.
 
¿Por qué el CHANTAJISTA PELA? 
 
Si revisan esta “obligación” se basa en lo que se llama aprendizaje por resultados que a su vez se basa en el trillado y chantajista programa del MEF “Presupuesto por Resultados” tratando a la educación ya no como derecho fundamental y un proceso social sino como un servicio que vende mercancía “aprendizaje” como consecuencia de un proceso productivo como si la I.E. fuera una empresa. Y pretendiendo engatusar más y aprovechándose de la necesidad económica, por someterse a estos programas van a dar los chantajistas bonos.  Es decir el docentes si o si tiene que evidenciar que sus estudiantes “mejoren” su aprendizaje para recibir un incentivo y de esa manera se justica la existencia de este programa.
 
Por tanto, el docente se convierte en un robot que se dedica a preparar a sus estudiantes para las evaluaciones, sino se le viene el cargamontón, atentando contra su autonomía profesional y derechos laborales como los mismos docentes manifiestan y lo peor es que poco o nada les sirve para su mejoramiento docente. Es decir es otro programa engañoso y chantajista. 
 
Por tanto, no podemos hacer las cosas por presión ni por chantaje y fuera de nuestra jornada laboral, más aun si tenemos acciones de amparo contra la ley de reforma magisterial y normas conexas y si en vez de mejorar nuestro trabajo pedagógico y el aprendizaje estudiantil sirve como medio de mercantizar la educación. 
 
POR TANTO, SI ALGUNA AUTORIDAD, SEA DE LA MINEDU, DREs, UGELes O I.E. LO PRESIONA MEDIANTE MEMORANDUM U OFICIO, DENÚNCIELO POR ABUSO DE AUTORIDAD, ENTRE OTRAS RAZONES.
 
Esperemos que los docentes profesionalmente y laboralmente cuestionen dichos chantajistas compromisos y programas hagan respetar su autonomía profesional e institucional en beneficio de la educación del pueblo y no politiquerías mercenarias en educación.
 
COMPROMETANSE A DE PAGAR LA DEUDA SOCIAL DE LAS DISTINTAS BONIFICACIONES (30%, REF. MOV. 1 IGV, DD.UU., REM. PERSONAL, ETC.) BAJO EL RÉGIMEN LABORAL ESTABLE DE LA LEY DEL PROFESORADO Y A RESPETAR NUESTRAS ACCIONES LEGALES CONTRA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA ENJUICIADA E INHUMANA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL EN VEZ DE HOSTIGAR Y CHANTAJEAR AL MAGISTERIO NACIONAL.
 
¡DILE NO A LA HIPERCORRUPCIÓN EDUCATIVA VÍA SUS CHANTAJISTAS COMPROMISOS!
¡SENTIMOS VERGUENZA  AJENA ANTE TANTA HIPERCORRUPCIÓN EDUCATIVA EN EL PERÚ!
 
 ¡NO A LA POLITIQUERIA DE LOS BONOS PARA ENDULZAR A LA ENJUICIADA E INHUMANA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL!

¡NO AL ACOSO LABORAL VÍA LOS CHANTAJISTA COMPROMISOS y PROGRAMAS DEL MINEDU, DREs y UGELes!

¡VIVA LA FIRME LUCHA POR LA DEFENSA DE NUESTROS IRRENUNCIABLES DERECHOS BAJO EL RÉGIMEN LABORAL ESTABLE DE LA LEY DEL PROFESORADO!

¡VIVA LA FIRME LUCHA POR LA DEFENSA DE LA ESCUELA PÚBLICA ANTE LA PRIVATIZACIÓN VÍA APP!

¡VIVA LA FIRME LUCHA NACIONAL E INTERNACIONAL  CONTRA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA ENJUICIADA, INHUMANA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL! 

¡VIVA LA FIRME LUCHA POR EL FRENTE ÚNICO, SIN SECTARISMOS, NI OPORTUNISMOS NI FARSANTES SEUDOLUCHADORES!

No hay comentarios:

Publicar un comentario