jueves, 16 de mayo de 2013

LIBERAN A DIRIGENTE DEL CONARE SUTEP, EFRAÍN CONDORI

"SER LIBRE SIGNIFICA VIVIR Y AYUDAR A QUE LOS DEMÁS TAMBIÉN LO HAGAN, ES ROMPER ATADURAS Y SOÑAR; SER LIBRE ES LUCHA, NO RESIGNACIÓN"
Luego de casi tres meses de sufrir injusta prisión, el presidente del CONARE SUTEP, Efraín Condori,  fue liberado y excarcelado del penal de Lurigancho. La Primera Sala Penal para procesos con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima, mediante Resolución N° 641, Exp. N° 27612-2012-2, REVOCÓ  EL MANDATO DE DETENCIÓN y decretó mandato de COMPARECENCIA.
Debemos aclarar nuevamente que el proceso penal que se instauró contra el Prof. Efraín Condori es "por presunta comisión de delito contra la Tranquilidad Pública-Delitos contra la Paz Pública-Disturbios-en agravio del Estado-Ministerio del Interior", a raíz de los sucesos durante la Huelga Magisterial iniciada en junio del 2012 y no como se difundió por diversos medios por delitos de terrorismo o por su filiación política, haciendo eco de las declaraciones absurdas y de carácter macartista del procurador Julio Galindo.
La Resolución N° 01 del 42 Juzgado Penal que ordenó la detención del Prof. Efraín Condori ha sido desvirtuada en todos sus extremos por la Resolución de la Corte Superior: 1) no hay suficiencia probatoria, pues se basó solo en el sumario policial; 2) la prognosis de la pena fue realizada sin considerar cómo sucedieron los hechos y el grado de participación; 3) el peligro procesal, que se refiere al peligro de fuga y la perturbación de la actividad probatoria, son hechos que carecen de algún asidero, pues se ha demostrado arraigo familiar, laboral y profesional. Está claro entonces, que las motivaciones del 42 Juzgado, fueron las presiones políticas para escarmentar al Sindicato y sus dirigentes que condujeron consecuentemente la Huelga que movilizó 18 regiones del país. ¿Actúan del mismo modo con otros pseudo sindicatos que se convirtieron en aliados del gobierno para golpear a los maestros que luchaban frente a la sede del MINEDU?
Esta libertad es además producto de diversas acciones a nivel nacional e internacional: plantones, vigilias, paros, movilizaciones, memoriales, denuncias, etc. Agradecemos a todos, quienes de uno u otro modo,  se solidarizaron y exigieron el cese de la persecución y la libertad del Prof. Condori : al Congreso Internacional Solidaires (París), Kaos en la Red y todos los blogs que se sumaron e hicieron posible esta victoria.
Contrariamente a lo que pretende Ollanta y la derecha de acallar la protesta y desmoralizar a los dirigentes populares y sindicales, el espíritu se ha fortalecido y el magisterio se ha cohesionado avanzando en la lucha legal contra la Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento y preparándose para la lucha directa.

jueves, 9 de mayo de 2013

REGLAMENTO DE LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL, LEY 29944

SE APROBÓ EL REGLAMENTO DE LA LEY DE  REFORMA MAGISTERIAL, AUNQUE EN LOS HECHOS SU APLICACIÓN SE INICIÓ CON LA PROMULGACIÓN DE LA LEY Y NO CON LA APROBACIÓN DE SU REGLAMENTO. ESTE CRITERIO DE AUTOAPLICABILIDAD DE UNA LEY ES UNA TENDENCIA CRECIENTE EN EL GOBIERNO DE HUMALA Y QUE AFIRMA SU PROCESO DERECHISTA. HASTA HACE ALGUNOS AÑOS, UNA LEY NO PODÍA TENER VIGENCIA SI NO SE REGLAMENTABA (HETEROAPLICABILIDAD).