viernes, 11 de octubre de 2013

¿POR QUÉ DEBEMOS LUCHAR: EXPULSIÓN JURÍDICA O MODIFICACIÓN DE LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL Y CONEXOS?



Comité Ejecutivo

DEFENDIENDO EL FRENTE ÚNICO

“Por la Reorientación y Reconstitución Clasista del SUTEP hasta el CEN”

LOS HECHOS PRUEBAN QUE NO SE ASUME  LA EXPULSIÓN JURÍDICA DE LA LEY N° 29944, 29988 Y CONEXOS LEY DE REFORMA MAGISTERIAL


Sólo a los maestros y al pueblo les interesa defender consecuentemente el derecho a una educación pública y gratuita para los de abajo, para ello previamente se asume una posición de clase definida y sin ambages; por ello los maestros convocados por el Conare Sutep, planteamos la demanda de inconstitucionalidad por la forma y por el fondo con el Expediente N° 0017-2013-PI/TC el mismo que fue observado por el T.C. por acreditación del apoderado único y precisión de disposiciones  impugnados (planteamientos que figuran en la demanda, pero que volvemos a precisarlos con mayor claridad dejando por subsanado el asunto). Así, pretendemos la expulsión de la esfera jurídica de las leyes N° 29944, 29988 y conexos, en la vía nacional y supranacional.
En este sentido,   este  viernes 11 de Octubre del presente en la ciudad de Arequipa, está programado la defensa oral de  dos demandas  de inconstitucionalidad contra la aludida Ley, una de ellas del Colegio de Profesores que va sólo contra un artículo y con lo cual está claro que servirá para legalizar y dejar firme la inconstitucional Ley. No nos debe sorprender su objetivo.
La otra es la de los congresistas representado por el Dr. Yonhy Lescano, y según propia declaración del Congresista, va contra toda la Ley N° 29944, lo que da a entender que está planteado por la forma y por el fondo, es decir, se asume por la expulsión de toda la ley del ordenamiento jurídico.
Sin embargo, con fecha jueves 03 de Octubre 2013 se registra en el Congreso el Proyecto de Ley N° 2745/2013-CR, el mismo que está encabezado por el Congresista Lescano y versa sobre una modificación de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, sobre los trabajadores auxiliares de educación. Analizando esta actitud, fluye las siguientes interrogantes
 
¿Estamos o no por la expulsión del ordenamiento jurídico de la nefasta Ley 29944?

 ¿Se pretende en el fondo la expulsión del ordenamiento jurídico o estamos por la modificatoria? Si se pide la expulsión jurídica por inconstitucional, ¿Cómo puede fijarse en una modificatoria de la ley que es inconstitucional?

Creemos que aquí las cosas deben estar bien claras, y no desviarnos por cantos de sirena, en realidad por los dos actos se demuestra incoherencia en los planteamientos y debe definirse si estamos por la expulsión definitiva o por la modificatoria de la Ley N° 29944 y conexos.

Las cosas  están claras que en ambas demandas de inconstitucionalidad materia del próximo informe oral, no franquean por una expulsión definitiva de la Ley, sino apuestan por  MODIFICATORIA, es decir, van por la forma y no por modo y forma. Una total contradicción,  por lo que prevenimos oportunamente, para evitar grandes desilusiones. Los Congresistas de Acción Popular y Frente Amplio deberían dar explicaciones al respecto.

De nuestra parte, los maestros nos reafirmamos en la demanda de inconstitucionalidad por la forma y por el fondo contra las ilegales leyes N° 29944, 29988 y demás normas legales conexos, pretendiendo su expulsión del ordenamiento jurídico y de ese objetivo nadie nos cambiará.

Lima, 07 de Octubre del 2013. 
                                
                                                                                           COMITÉ EJECUTIVO

jueves, 10 de octubre de 2013

DEPARTAMENTO LEGAL DE MAESTROS DEL PERÚ: V ASAMBLEA DE DEMANDANTES, SÁBADO 19 DE OCTUBRE




COMUNICADO
 
 
REUNIÓN DE DEMANDANTES CONVOCADO POR EL DEPARTAMENTO LEGAL DE MAESTROS
 
 
DÍA                   : SÁBADO 19 DE OCTUBRE DE 2013
HORA              : 10:30 AM
LOCAL            : AUDITORIO DEL BOULEVAR QUILCA
DIRECCIÓN   : JR. QUILCA Nº 263 CERCADO DE LIMA, (media cuadra de la Plaza San Martín)
 
 
El Departamento legal de Maestros ha sido claro y oportuno en su momento en señalar que mediante la Ley  Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial,  norma legal AUTOAPLICATIVA se establecía el cambio inmediato y automático de un régimen laboral flexible diferente al que corresponde.
 
1. La Ley Nº 24029, Ley del Profesorado que se rige por la estabilidad laboral absoluta;
 
2. Con la Ley 29944 se establece un proceso de evaluación en un plazo máximo de hasta 3 años (pudiendo ser en 1 o 2 años) al cual está sujeto el maestro incluso para ser despedido y no poder ingresar a la carrera docente y a la Administración de educación, declarando la muerte laboral, pedagógica y civil de maestros. Junto a este propósito y con mayor reaccionarización la promulgación de la Ley 29988 con el objeto de aplicar la persecución a los maestros, en esa línea seguirán saliendo otras normas legales conexas, de tal modo que nadie pueda oponerse a la aplicación de estas leyes.
 
Para este propósito malévolo previamente despojan de su plaza a los maestros y los transitan a la condición de simples “POSTULANTES”, y en esa condición postular mediante una evaluación incluso a la plaza que anteriormente era titular nombrado con Resolución y habiendo cumplido con todos los requisitos establecidos por el Estado. 
 
Como hecho concreto tenemos el caso actual de los Directores y Sub Directores y vemos que para una plaza determinada se presentan varios postulantes y por “orden de méritos” sólo uno seguirá en carrera  relativamente en esa plaza, pero repárese que sostenemos relativamente en carrera, y esto es porque  como el proceso de evaluación tiene carácter permanente, solo están en la plaza hasta la próxima evaluación y llegado esa fecha, nuevamente “su plaza” será colgado en la web para la nueva postulación y así sucesivamente hasta el desafuero de muchos miles de maestros. 
 
Este es el plan neoliberal de reducción del aparato estatal, de la planilla estatal y despidos de maestros.
 
Lo dijimos en su momento y no nos equivocamos porque concebimos que la trampa de la Ley es el cambio automático y perjudicial del régimen laboral y hoy hasta magistrados del Tribunal Constitucional así lo determinan. Con este petitorio principal el Departamento Legal ha presentado las acciones de amparo a nivel nacional  que agotada la vía nacional, están próximos a ser enviados al Fuero Supranacional (CIDH) con una correcta fundamentación de hecho y derecho. 
 
El Régimen Laboral implantado por esta nueva ley Nº 29944 se ha  incorporado a manu militari a todos los docentes, incluso a los que tenían  estabilidad laboral absoluta, por lo cual se constata que la ley efectivamente es autoaplicativa
 
Debe apreciarse adicionalmente que la ley ha confiscado el 30% de preparación de clases que cada maestro tenía desde que entró en vigencia, por lo que también en este extremo es autoaplicativa.
 
Hoy, esta inconstitucional Ley viene vulnerando y agrediendo con gran ferocidad a los maestros, como es el caso de  maestros despedidos mediante la modalidad de “cese por haber cumplido 65 años”;  también tenemos el despido inminente de  Directores y Sub Directores con la modalidad de “evaluaciones”, proceso al que son sometidos todos compulsivamente, porque si no participan de estas evaluaciones, merecerán la sanción de destitución por no someterse a la evaluación, es decir,  están entre la elección de la silla eléctrica o la cámara de gas. Incluso, ya están vetados y prácticamente declarados en muerte laboral y civil todos los maestros que tiene procesos abiertos y/o terminados sean estos administrativos y penales, como sabemos nadie puede ser sancionado y es inocente mientras no exista sentencia firme y de última instancia del fuero jurisdiccional que señale lo contrario. Lo que configura discriminación de lesa humanidad.
 
En conclusión: 
 
Con fines neoliberales se implementa un genocidio laboral, mucho más feroz que el que se perpetró en la década de los noventas donde se despidieron masivamente a más de trescientos mil servidores públicos y para este propósito se criminaliza toda lucha de los trabajadores y el pueblo que se oponga a estos repudiables fines. Corresponde a los maestros dar una respuesta a la altura de estas circunstancias.
 
Para informar ampliamente sobre la lucha legal planteada por los maestros,   convocamos, a esta reunión a todos los demandantes y en el cual pueden participar maestros que no tienen demandas incluso.
Lima, Octubre de 2013
 
Soporte Jurídico y técnico
Departamento Legal de Maestros